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Cómo declarar herencias y donaciones

Qué revisar si recibiste una herencia, legado, donación o liquidación durante el año gravable.

Cómo declarar herencias y donaciones

Las herencias, legados y donaciones suelen tratarse como ganancias ocasionales en la declaración de renta. Aunque no provengan de un trabajo o negocio, pueden tener efectos tributarios y patrimoniales importantes.

Qué documentos reunir

  • Escritura de sucesión o sentencia, si aplica.
  • Documento de donación.
  • Certificados de tradición de inmuebles recibidos.
  • Soportes de cuentas bancarias, inversiones o vehículos recibidos.
  • Avalúos o documentos que respalden el valor.
  • Certificados de retención, si existieron.

Qué se declara

Debes revisar el valor recibido, la naturaleza del bien y la fecha en que se entiende realizada la ganancia ocasional. No es lo mismo recibir dinero, un inmueble, acciones, derechos herenciales o una parte de una liquidación.

Exenciones

Algunas ganancias ocasionales por herencias o donaciones pueden tener exenciones parciales bajo límites específicos. Estos beneficios dependen del tipo de bien, relación familiar y norma aplicable, por lo que conviene revisar el caso con cuidado.

Patrimonio

Si recibiste bienes durante 2025 y los conservas al 31 de diciembre, también deben revisarse en patrimonio. Si recibiste dinero y lo invertiste, pagaste deudas o compraste otro bien, debes poder explicar el movimiento.

Errores frecuentes

  • Pensar que una herencia no se declara porque no fue salario.
  • No valorar correctamente los bienes recibidos.
  • Omitir bienes recibidos fuera de Colombia.
  • No conservar soportes de la sucesión o donación.
  • Confundir exención parcial con ingreso no declarable.

Recomendación

En herencias y donaciones, el soporte legal importa mucho. Guarda escritura, sentencia, documentos de entrega y valores usados. Si el monto es relevante, revisa el caso antes de presentar.