Cómo declarar herencias y donaciones
Qué revisar si recibiste una herencia, legado, donación o liquidación durante el año gravable.
Cómo declarar herencias y donaciones
Las herencias, legados y donaciones suelen tratarse como ganancias ocasionales en la declaración de renta. Aunque no provengan de un trabajo o negocio, pueden tener efectos tributarios y patrimoniales importantes.
Qué documentos reunir
- Escritura de sucesión o sentencia, si aplica.
- Documento de donación.
- Certificados de tradición de inmuebles recibidos.
- Soportes de cuentas bancarias, inversiones o vehículos recibidos.
- Avalúos o documentos que respalden el valor.
- Certificados de retención, si existieron.
Qué se declara
Debes revisar el valor recibido, la naturaleza del bien y la fecha en que se entiende realizada la ganancia ocasional. No es lo mismo recibir dinero, un inmueble, acciones, derechos herenciales o una parte de una liquidación.
Exenciones
Algunas ganancias ocasionales por herencias o donaciones pueden tener exenciones parciales bajo límites específicos. Estos beneficios dependen del tipo de bien, relación familiar y norma aplicable, por lo que conviene revisar el caso con cuidado.
Patrimonio
Si recibiste bienes durante 2025 y los conservas al 31 de diciembre, también deben revisarse en patrimonio. Si recibiste dinero y lo invertiste, pagaste deudas o compraste otro bien, debes poder explicar el movimiento.
Errores frecuentes
- Pensar que una herencia no se declara porque no fue salario.
- No valorar correctamente los bienes recibidos.
- Omitir bienes recibidos fuera de Colombia.
- No conservar soportes de la sucesión o donación.
- Confundir exención parcial con ingreso no declarable.
Recomendación
En herencias y donaciones, el soporte legal importa mucho. Guarda escritura, sentencia, documentos de entrega y valores usados. Si el monto es relevante, revisa el caso antes de presentar.